Martes, 23 Abril 2019 13:33

Reporte Laboral No. 9 Desvinculaciones laborales (Parte 1)

2) DESVINCULACIONES LABORALES – DISTINTOS TIPOS DE DESPIDOS (Parte 1)

¿Qué es?

Es la ruptura de la relación laboral en forma unilateral por parte del empleador.

Cuando esto sucede, el trabajador desvinculado tiene derecho al pago de una indemnización por despido (IPD), siempre y cuando la desvinculación no haya sido por notoria mala conducta. A los trabajadores Mensuales le corresponderá un IPD por cada año o fracción trabajado con un tope de hasta seis meses de indemnización mientras que a los Jornaleros le corresponderá 25 jornales de IPD por cada 240 jornales trabajados por año con un tope de 150 jornales.

Existen distintos tipos de despidos, estos son:

• Común o directo: Es el caso en el que el empleador le comunica la desvinculación al empleado. Como consecuencia se le deberá pagar al empleado una IPD.

• Indirecto: Es cuando hay un incumplimiento grave por parte del empleador que imposibilita al trabajador de continuar con la relación de trabajo y genera el egreso del mismo. Le corresponde la misma IPD que el despido común.

• Abusivo: Cuando se generan daños extraordinarios por actuación abusiva del empleador, que se puede dar en el motivo, la finalidad o forma del despido. En caso de que se compruebe despido abusivo le corresponderá al empleado una compensación equivalente entre 1 y 3 bases de IPD común.

• De trabajador sindicalizado: es el despido o suspensión de un trabajado afiliado a un sindicato por motivos sindicales. En caso de que el fallo sea favorable al empleado la empresa deberá anular el despido, reintegrar al trabajador, deberá pagar los salarios impagos por el plazo que el trabajador fue despedido y podrá ser condenada a pagar multas.

• Enfermedad: es el despido de un trabajador amparado al subsidio por enfermedad, que no se lo reincorpore una vez terminado dicho subsidio o despido antes de los 30 días posteriores a su reintegro. En este despido le corresponderá al empleado una IPD equivalente al doble de la IPD común.

 

Por más información contacte al Cr. Federico Martinez a través del correo general: 

 

Modificado por última vez en Martes, 23 Abril 2019 16:16

Edificio First Tower Bvar. 26 de Marzo 3438 piso 9 Montevideo, Uruguay Tel: (+598) 2623 29 21* Fax: (+598) 2623 29 21 ext. 229

Contacto

logo IK web 250px

Te invitamos a ingresar a nuestro sitio, y conocer los distintos proyectos inmobiliarios que tenemos para ofrecer en Montevideo. Apartamentos ideales para inversión o para vivienda. 

 

Conocé más aquí.