Martes, 11 Junio 2019 12:40

Reporte Laboral No.16 | El Derecho a despedir (Parte I)

3) EL DERECHO A DESPEDIR (Parte I)

En tiempo de vacas flacas, se vuelven numerosas las consultas sobre el derecho del empleador, a reducir días u horas de trabajo, o bien de prescindir de trabajadores, consecuencia de baja de actividad, de elevados costos productivos, etc.

A nuestro entender debe responderse afirmativamente: en el derecho positivo uruguayo no existe norma alguna que impida el cese de la relación laboral por decisión del empleador, en todo caso y según las circunstancias, cuando se desconoce un régimen extraordinario de estabilidad (trabajadora grávida, reintegro de accidente de trabajo, reintegro de enfermedad y otras situaciones puntuales), el despido se mantendrá aunque el empleador deberá abonar indemnizaciones especiales, en algún caso acumulativas. No habría vuelta atrás con la resolución del empleador: el despido es válido… Ampliar

 

Modificado por última vez en Martes, 11 Junio 2019 17:21

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