Modificaciones introducidas por el Proyecto de Ley de Rendición de Cuentas en materia de Relaciones de Consumo.
Las modificaciones más significativas, tienen relación con:
- La supresión de la conciliación previa en los procesos judiciales referente a relaciones de consumo.
- La regulación de la garantía prestada por el proveedor de bienes
- Se agrega como presunción de prácticas abusivas, el condicionar el suministro de productos o servicios al suministro de otro producto o servicio; sin justa causa.
- También establece y califica como abusivas a aquellas cláusulas que establezcan la renovación automática del contrato y que no habilite al consumidor a desvincularse del mismo sin responsabilidad.
- Dicha norma agrega que, el consumidor podrá dentro de los 60 días corridos contados desde la fecha en que se produjo la renovación automática, rescindir o resolver el contrato con un preaviso de 15 días corridos al proveedor.