Martes, 25 Junio 2019 13:09

Reporte Tributario No.18 | Usuarios de Zona Franca – Test de desempeño en los últimos 5 años

1) USUARIOS DE ZONA FRANCA – TEST DE DESEMPEÑO EN LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS

DJ ESPECIAL – RESOLUCIÓN DEL AZF DE FECHA 05/06/2019

En línea con lo informado en nuestro Boletín Tributario n°5, aquellos UZF cuyos contratos excedan los plazos máximos estipulados por la nueva Ley (LZF) (10 y 15 años, para actividades comerciales e industriales respectivamente) o cuenten con cláusulas de renovación automática, deberán presentar una Declaración Jurada Especial ante el Área de Zona Franca (AZF), de manera tal de probar la viabilidad del negocio, así como su contribución a los objetivos del régimen preferencial.

El pasado 5 de junio el AZF publicó una Resolución ampliando detalles al respecto:

CONTENIDO

  • Antecedentes de la empresa (respecto de contratos vigentes y caducos).
  • Ingresos de los últimos 5 ejercicios.
  • Cantidad empleados, nivel y calidad del empleo.
  • Inversiones en activo fijo de los últimos 5 ejercicios.
  • Proyecto de inversión en curso.
  • Certificación notarial.

PRESENTACIÓN
Formato papel en mesa de entrada del AZF y copia vía correo electrónico a

PLAZO
Fecha límite: 07/10/2019.

SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
El AZF suspenderá los contratos, de aquellos usuarios que no cumplan en tiempo y forma, por un plazo de 90 días, no pudiendo desarrollarse ninguna actividad.
Pasado este plazo y si la situación se mantiene incambiada se procederá a la revocación del contrato.

OPCIONAL
El cumplimiento podrá hacerse en conjunto con la DJ Bienal, en tanto sea presentada antes del 05/10/2019 y se adecúe a las exigencias de la presente.

RESULTADOS DEL “TEST”
APROBADO
Cuando el AZF entienda que ha quedado fehacientemente demostrado el cumplimiento con las condiciones y objetivos de la LZF, el usuario quedará habilitado a continuar operando bajo el marco vigente.
NO APROBADO
En caso contrario, y en tanto el usuario manifieste por escrito su voluntad de seguir operando dentro del régimen, el AZF otorgará plazos sucesivos no mayores a 6 meses a modo de control y seguimiento, que nunca podrán exceder del 30/06/2021, donde podrán darse dos hipótesis:
1) durante estos plazos la empresa logra probar su contribución a los objetivos del régimen => quedará habilitada a solicitar la adecuación de su contrato de usuario a las condiciones vigentes.
2) no logra probar su contribución => finalizará su contrato.

 

Por más información contacte al Cr. Piero de los Santos a través del correo general:

Modificado por última vez en Martes, 02 Julio 2019 19:50

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